Hacienda vuelve a mover VeriFactu, ¿Por qué?
El lunes 5 de octubre de 2026 pasaron dos cosas el mismo día.
Por la mañana el BOE publicó la orden que pone en marcha la factura electrónica obligatoria entre empresas. Y por la tarde el Ministerio de Hacienda anunció, en una nota informativa, que VeriFactu se retrasa hasta octubre de 2028.
Es la segunda vez que lo aplazan: originalmente iba a salir en 2026, luego se movió a 2027 y ahora salta a 2028. Pero esta vez tiene -algo- de sentido. Hacienda quiere que el programa con el que facturas se adapte una sola vez, en lugar de obligarte a hacer dos cambios seguidos en el mismo sistema con un año de diferencia.
Nuestra recomendación, en cualquier caso, es la de siempre: no lo dejes para 2028.
Las claves de la noticia, en 30 segundos
- VeriFactu se retrasa y la nueva fecha es octubre de 2028, igual para sociedades y autónomos. Antes era enero de 2027 (sociedades) y julio de 2027 (resto).
- Todavía no está en el BOE. De momento es una nota informativa de Hacienda. Hasta que se publique la norma, las fechas legales siguen siendo las de 2027.
- La factura electrónica B2B sí es firme: 6 de octubre de 2027 si facturas más de 8 millones; 6 de octubre de 2028 para el resto.
- Lo que no cambia: los requisitos técnicos, la sanción de hasta 50.000 € y la obligación de los fabricantes de software, en vigor desde julio de 2025.
- Excel y Word NO SIRVEN. El aplazamiento te da margen, no te exime.
5 de octubre de 2026
1. La orden de la factura electrónica ya está en el BOE
Se publicó la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, que regula la solución pública de facturación electrónica de la Agencia Tributaria. Era la última pieza que faltaba. La Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) creó la obligación, el Real Decreto 238/2026 la desarrolló en marzo, pero los plazos no empezaban a contar hasta que saliera esta orden. Entró en vigor el 6 de octubre de 2026, y desde ese día el reloj corre.
2. Hacienda anuncia que VeriFactu se aplaza a octubre de 2028
En paralelo, el Ministerio publicó una nota informativa. En cristiano dice tres cosas. Que las obligaciones de VeriFactu que todavía no se aplican se retrasan hasta octubre de 2028, para que coincidan con la factura electrónica obligatoria de las empresas que no superan los 8 millones de facturación. Que después vendrá otra modificación para encajar las dos normas también en lo técnico, pensando en la normativa europea ViDA. Y que los requisitos de fondo del software se mantendrán prácticamente iguales.
Ojo: todavía no está en el BOE
Esta es la parte que casi nadie está contando bien. La orden de la factura electrónica es derecho vigente. Sin embargo, que VeriFactu se retrasa, es de momento un anuncio. Las fechas de 1 de enero y 1 de julio de 2027 las fijó un Real Decreto-ley (el 15/2025), y para cambiarlas hace falta otra norma publicada en el BOE.
¿Hay riesgo real de que no salga? Poco. Ningún ministerio anuncia un aplazamiento para luego echarse atrás, ni siquiera estando en campaña electoral. Pero esta norma ya ha cambiado de fecha tres veces, y hasta que no lo leamos en el BOE no lo daríamos por cerrado. Nuestro consejo: planifica con octubre de 2028, pero no tires a la papelera lo que ya tenías preparado.
Así queda el calendario
Juntando la orden ya publicada y el aplazamiento anunciado, este es el mapa completo:
| Fecha | A quién afecta | Qué tiene que cumplir |
| Desde el 29 de julio de 2025 | Fabricantes y vendedores de software de facturación | No pueden vender programas que no cumplan VeriFactu. En vigor, no se aplaza. |
| 6 de octubre de 2027 | Empresas y profesionales con más de 8 M€ de volumen de operaciones | Factura electrónica obligatoria en operaciones B2B. |
| Octubre de 2028 (pendiente de BOE) | Sociedades, pymes y autónomos que no están en el SII | VeriFactu: programa de facturación adaptado. |
| 6 de octubre de 2028 | Resto de empresas y profesionales | Factura electrónica obligatoria en operaciones B2B. |
| 6 de octubre de 2029 | Autónomos (personas físicas) con menos de 8 M€ | Comunicar los estados de la factura (aceptada, rechazada, pagada). |
Antes y después del anuncio
| Calendario anterior | Calendario anunciado | |
| VeriFactu sociedades | 1 de enero de 2027 | Octubre de 2028 |
| VeriFactu autónomos | 1 de julio de 2027 | Octubre de 2028 |
| Factura electrónica > 8 M€ | Sin fecha (faltaba la orden) | 6 de octubre de 2027 |
| Factura electrónica resto | Sin fecha (faltaba la orden) | 6 de octubre de 2028 |
| Nº de adaptaciones del software | Dos, con un año de diferencia | Una, a la vez |
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Lo que NO cambia (y es casi todo)
- Los fabricantes siguen obligados desde julio de 2025. El aplazamiento habla de obligaciones «pendientes de aplicación», y esta ya se aplica. Traducido: el programa que compres hoy tiene que venir adaptado de serie.
- Los requisitos técnicos son los mismos. Registro de cada factura, encadenamiento con huella (hash), código QR, imposibilidad de borrar o modificar sin dejar rastro, y las dos modalidades: enviar los registros a Hacienda o guardarlos tú.
- La sanción tampoco se mueve. Hasta 50.000 € por ejercicio para quien use un programa no adaptado o manipulable (artículo 201 bis de la Ley General Tributaria). Lo que cambia es desde cuándo te la pueden exigir.
- Excel y Word siguen fuera. Una hoja de cálculo permite borrar una factura sin dejar huella, que es justo lo que la norma persigue. Si facturas así, tendrás que cambiar de herramienta igual. Solo que ahora con calma.
- Facturar a mano en papel sigue estando fuera de VeriFactu. Pero en cuanto emitas una sola factura con un programa, entras.
La factura electrónica, que ahora sí tiene fecha
Con la orden publicada, el sistema queda así:
- Formato estructurado, no PDF. La factura entre empresas deberá emitirse en un formato electrónico estructurado. Un PDF enviado por correo dejará de valer para las operaciones B2B.
- Solución pública gratuita de la AEAT. Hacienda habilitará una plataforma gratuita para emitir y recibir facturas, pensada sobre todo para autónomos y pequeñas empresas.
- Plataformas privadas, compatibles. Puedes seguir con tu programa o tu plataforma privada, siempre que sea interoperable.
- Copia fiel a Hacienda. Si emites fuera de la solución pública, tendrás que enviar a la vez una copia fiel de la factura en formato UBL. En el momento de emitirla, no días después.
- Estados de la factura. El receptor tendrá que comunicar si la acepta, la rechaza y cuándo la paga. Esta es la herramienta real contra la morosidad, y para los autónomos con menos de 8 M€ llega un año después, en octubre de 2029.
Mucho cuidado si tu empresa factura más de 8 millones
Aquí hay matiz.
Tu fecha de factura electrónica es el 6 de octubre de 2027: para ti el aplazamiento no te da dos años, te deja uno.
Eso sí, si tu volumen de operaciones supera los 6 millones, lo normal es que ya estés en el SII (Suministro Inmediato de Información), y quien está en el SII queda fuera de VeriFactu. Tu proyecto, por tanto, es la factura electrónica, y empieza ya.
Qué hacer ahora: checklist sin prisas pero sin pausa
- Este mes: pregunta a tu proveedor de software, por escrito, desde qué versión cumple VeriFactu y si prepara la factura electrónica. Si te contesta con versión y fecha, perfecto. Si te dice «estamos en ello», apúntalo.
- Este trimestre: si facturas con Excel, Word o un programa que nadie mantiene, empieza a mirar alternativas. Elegir con calma sale más barato que elegir con prisa.
- Durante 2027: haz la migración. Un año de margen convierte un cambio de programa en algo aburrido, que es lo que tiene que ser.
- Antes de firmar nada: exige que el programa cubra las dos normas, VeriFactu y factura electrónica. Ya no tiene sentido comprar una solución que solo resuelva la mitad.
- Si superas los 8 M€: lo mismo, pero con el calendario un año adelantado. Tu fecha es octubre de 2027.
- Y vigila el BOE: hasta que se publique el aplazamiento, las fechas legales siguen siendo las de 2027. Te lo contaremos aquí en cuanto salga.
Y si tienes el negocio en Valencia
En la Comunitat Valenciana la inmensa mayoría del tejido empresarial son autónomos y pymes pequeñas: comercio de barrio, hostelería, talleres, reformas, servicios profesionales. Justo el perfil al que más le alivia el aplazamiento, y también el que más suele dejar las cosas para el final.
Dos detalles que vemos mucho en el despacho. El primero, la hostelería y el comercio: el TPV con el que cobras y emites tickets también es un sistema de facturación a efectos de VeriFactu, así que entra en la revisión. El segundo, l’Horta Sud: muchos negocios de la zona tuvieron que reponer ordenadores, TPV y programas después de la DANA. Si compraste software nuevo después de julio de 2025, lo normal es que ya venga adaptado. Compruébalo con tu proveedor y te quitas la duda.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la nueva fecha de VeriFactu?
Octubre de 2028, igual para sociedades y autónomos. Está anunciada por Hacienda pero pendiente de publicarse en el BOE.
¿Ya es oficial el aplazamiento?
Todavía no. Es una nota informativa del Ministerio de Hacienda del 5 de octubre de 2026. Hasta que salga la norma, las fechas vigentes siguen siendo enero de 2027 (sociedades) y julio de 2027 (resto).
¿Y la factura electrónica obligatoria?
Esa sí es firme desde que la Orden HAC/1028/2026 entró en vigor el 6 de octubre de 2026: 6 de octubre de 2027 si facturas más de 8 millones y 6 de octubre de 2028 para el resto.
¿VeriFactu y factura electrónica son lo mismo?
No. VeriFactu regula cómo tiene que ser el programa con el que generas las facturas (que no se puedan manipular). La factura electrónica regula cómo se envían y reciben entre empresas. Ahora comparten fecha, pero cumplir una no te exime de la otra.
Si ya he adaptado mi programa, ¿he perdido el dinero?
No. Los requisitos técnicos se mantienen. Tienes el trabajo hecho y un año para probarlo sin presión.
¿Puedo seguir facturando con Excel hasta 2028?
Hasta que la obligación entre en vigor, sí. Pero llegará, y migrar con calma en 2027 es mucho mejor que hacerlo con prisas en 2028.
Seguiremos informando
Este artículo se actualizará en cuanto el aplazamiento se publique en el BOE.
Si tienes dudas sobre cómo te afecta en tu caso, en Alvamar estamos para eso: escríbenos y lo miramos contigo, sin prisas y hablando claro.